Esta noticia aparecía hoy, en el diario médico. El caos en el que se ha asumido la organización de las vacunas para el COVID, responsabilidad asumida por el gobierno, está produciendo noticias un día tras otro. De ello se encargan los medios de comunicación, en muchas ocasiones, mal asesorados en mi opinión, que está provocando una desconfianza importante en la sociedad sobre las vacunas.
Este debate, ha alimentado a los negacionistas, que olvidan que enfermedades como la polio han desaparecido gracias a la vacuna. El constante bombardeo de la prensa sobre Jansen, Astra Zéneca o Pfizer, ha desplazado el debate científico por el debate mediatico, donde opinan personas profanas que no saben nada de lo que es una enfermedad infecciosa o una vacuna.
En el artículo publicado en Diario médico (¿Para qué sirve el consentimiento en la segunda dosis de AstraZeneca? (diariomedico.com) se preguntan para que sirve el consentimiento informado a la hora de administrar una u otra vacuna.
En la cultura general, se piensa que la firma de un consentimiento informado puede librar de responsabilidad, pero la realidad no es así. La naturaleza de este documento, es informar, y por otro lado, demostrar que el paciente conoce los riesgos de una determinada terapia, fármaco, cuidado o tratamiento, pero en caso de aparición de eventos adversos, no se exime de la responsabilidad de quien los produce, Dependerá de las circunstancias en que aparezcan.
Es cuestionable que la firma de ese consentimiento pueda albergar algún tipo de exención de responsabilidades por parte de las autoridades sanitarias en caso de efectos adversos no previsto.
Por otro, el consentimiento informado está regulado en la Ley de Autonomía del Paciente. Por esta regla se puede admitir que si se produjera algún daño tras la vacuna, con el consentimiento informado, se supone que el paciente asume los riesgos de la intervención médica.
Pero no debe suceder así, en el momento actual de pandemia, si aparece un evento adverso por la administración de la vacuna, sea la que sea independientemente de la marca, la responsabilidad objetiva o por riesgo deriva directamente de la actuación administrativa iniciada por razones de interés general, que puede producir mayores y más graves daños individualizados. Es decir, la administración debe indemnizar en ese caso.
«si hay un efecto adverso no previsto de una vacuna la administración sanitaria debe indemnizar el daño, sin que haya necesidad de demostrar ninguna culpa, porque el afectado, que estaba sano antes de ponerse la vacuna, debe ser compensado en el sentido de que su inmunización repercute en un interés general para cortar la transmisión del virus».
Para concluir este artículo tan interesante escrito por Soledad Valle y Pilar Pérez, escriben que la firma del consentimiento informado es un incentivo para que la persona desista de completar la pauta de AstraZeneca. Sin embargo, se está produciendo el efecto contrario en nuestro país, producido por las distintas legislaciones comunitarias, y todo el ruido mediático producido alrededor.
Para cualquier duda o consulta, puedes pedirnos ayuda por medio de los enlaces existentes en esta página.
Fuente: Diario Médico
¿Para qué sirve el consentimiento en la segunda dosis de AstraZeneca? (diariomedico.com)
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