Como usuario, conoce la naturaleza del CONSENTIMIENTO INFORMADO.
Como profesional, conoce la legalidad del CONSENTIMIENTO INFORMADO.
Asesórate en la Asociación de Peritos Enfermeros y Sanitarios.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/ga-l3-2001.t2.html
El consentimiento informado es una de las rutinas de nuestro trabajo como profesionales, pero muchas veces desconocemos en profundidad lo que compromete.
El consentimiento informado debe acompañar al paciente entre la documentación personal para cualquier tipo de prueba que suponga un riesgo para la saludo y para cualquier intervención quirúgica, el profesional de enfermería es responsable de ello.
Recogido en la Ley General de Sanidad del año 1986 y regulado en la Ley 41/2002 del 14 de Noviembre.
El paciente debe estar informado y en pleno uso de sus facultades mentales, debe firmarlo de forma libre, voluntaria y consciente, y puede revocarlo en cualquier momento. Cuando el paciente sea incapaz de firmarlo, puede asumir esta responsabilidad otra persona.
En casos de riesgo para la Salud Pública o si existe riesgo grave para la integridad del paciente y no se puede obtener su autorización puede ser eximido.