Las múltiples demandas contra la Administración por la escasez de EPIs se terminarán resolviendo. Ya tenemos alguna sentencia, que sentará jurisprudencia, debido a que el Ministerio de Sanidad ha incumplido sus obligaciones recogidas en la LPRL del 8 de Noviembre de 1995.
Para posibles indemnizaciones en caso de infectarnos de COVID19 por la falta de EPIs, es muy importante que los profesionales lo denunciemos, sin miedo a las represalias.
En la Asociación de Peritos Enfermeros y Sanitarios podemos asesorarte.
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